EL BCRP NO FINANCIA A LAS AFP, FINANCIA A LOS AFILIADOS




El Banco Central acaba de disponer que los Fondos de Pensiones puedan acceder a financiamiento para poder cumplir con la devolución de los fondos establecidos por la Ley promulgada recientemente sin tener la obligación de la venta inmediata de los valores en cartera, evitando de esta manera que la baja de precios resultante perjudique a los afiliados.
En las redes sociales se ven una multitud de comentarios, muchos llenos de prejuicios, otros tanto con desconocimiento del tema y también muchos de mala fe, que sabiendo como son las cosas, afirman falsedades con cinismo absoluto para ganar popularidad a costa de la credulidad de las personas.  Ante eso, creo que vale la pena hacer algunas precisiones:
·       Las líneas financieras no están destinadas a las AFP, sino a los Fondos de Pensiones, que son personas jurídicas distintas.  Las primeras pertenecen a los accionistas. Los fondos son de los afiliados. Precisión muy importante que debemos tener en cuenta.
·       Las AFP solo pueden disponer del fondo para inversiones previstas y autorizadas por el BCRP y la SBS.
·       El BCRP maneja la política monetaria del país y facilita (o restringe) dinero a los Bancos y entidades financieras diariamente. Que incluya a los Fondos de Pensiones para proteger a sus ahorristas, es parte indesligable de sus funciones.
·       Las operaciones serán cambio de dólares y préstamos con garantía de títulos emitidos por el Estado Peruano mediante la modalidad de venta con compromiso de recompra (Repos). Operaciones seguras, libres de todo riesgo.
·       Para que quede claro, esta no es una operación gratuita. El BCRP cobrará los intereses que correspondan, tal como lo hace cuando presta plata a los Bancos.
·       La cifra de devolución de fondos a los afiliados en cumplimiento de la Ley se estima que puede llegar hasta los S/. 30 000 000 000 (treinta mil millones de soles), poco más o menos U$S 9 000 000 000 (nueve mil millones de dólares), que se incorporarían al mercado en 3 o 4 meses.
·       Si el BCRP no interviene con anticipación, en pocas semanas tendríamos un salto del tipo de cambio, muy perjudicial para la economía nacional y una caída en el precio de los títulos emitidos por el Estado, con un consiguiente incremento de las tasas de interés. En ambos casos, el BCRP hubiese tenido la obligación de intervenir para atenuar las fluctuaciones. Ha sido proactivo y toma las medidas con la anticipación necesaria para evitar las perturbaciones monetarias.  
P   Por otro lado, tenemos que mencionar que la decisión del BCRP evita que los Fondos deban cambiar los dólares de la venta de valores a soles para devolver a los afiliados, en las ventanillas de los Bancos. Con esto se ahorra a los aportantes millones de soles de comisiones y diferencias de cambio que de otra manera hubiera percibido la banca.


·       Reitero, una vez más: Las AFP devolverán dinero que pertenece a los afiliados, por tanto, a las administradoras, contra los que muchos creen, no las beneficia ni las perjudica.
·       Tengamos en cuenta un tema básico. Si las administradoras tuviesen que vender rápidamente y en mal momento como el actual, tantos valores de su cartera, provocarían una disminución aún mayor en sus precios, lo que perjudicaría a todos los afiliados, a los que retiran su dinero y también a los que lo dejan. Las AFP no se afectan en lo más mínimo. Por lo tanto, decir que el BCRP beneficia a las AFP es una falta importante de comprensión del sistema.

Silvio Dragunsky G
Silviodragunsky.blogspot.com
Mayo 2020



Comunicado publicado por la SBS el día 02.06.2020, confirmando lo expresado en el blog escrito semanas antes.























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